Así quedó establecido luego que se modificara la Ordenanza Nº 7881 sobre notificación fehaciente. De esta forma, se amplía la modalidad de comunicación vía WhatsApp, email u otro mecanismo electrónico y no únicamente de forma personal o por correo postal.
El Concejo Deliberante aprobó la modificación del artículo 3º de la Ordenanza Nº7881 donde se determina el mecanismo de notificación fehaciente de suspensión del servicio eléctrico que debe tener la Cooperativa. A partir de ahora, se anexan las modalidades de notificación vía e-mail, WhatsApp y/o cualquier otro mecanismo electrónico que pueda establecer la comunicación entre la institución y el asociado.
La Cooperativa, que informaba la situación de corte al usuario por correo postal y/o mediante notificadores que entregan el escrito, a partir del mes de noviembre tiene una comunicación más ágil y directa ajustada a normativas legales de notificación concreta. Cabe aclarar que, desde el punto legal, el email es considerado válido para la notificación.
Teniendo en cuenta que la vía de notificación principal será el email, aquellos usuarios que no lo tengan registrado, pueden hacerlo en el sitio web www.cooponlineweb.com.ar/RAWSON/Login actualizando los datos de la cuenta deseada.
Para más información, pueden acceder a la ordenanza municipal a través del link www.hcdrw.gov.ar/2020/?op=digesto&ord=7881