Servicio Eléctrico

Oficina Técnica y Atención al Público.
La oficina se encuentra en el
Pasaje San José, Puerta N° 1.

Author

Gustavo González

Ingeniero Eléctrico
M.P.1860 Jefe del Servicio Eléctrico

Seguridad

La Cooperativa solicita distintos elementos para autorizar una conexión eléctrica con el fin de proteger a la familia y las instalaciones de la vivienda y/o comercio.

  • Disyuntor Diferencial
  • Jabalina
  • Llave Termomagnética
  • Protector de Tensión
  • Contactor
  • Detector de Falta de Fase (Para motores trifásicos)

Multas y Sanciones Vigentes

Aviso! Multas para quienes manipulen el medidor y vendan energía.

Con el fin de resguardar al vecino para evitar accidentes tanto para quienes cometen el hecho como así también para quienes los rodean, está totalmente prohibido manipular el medidor, reconexiones sin autorización, proveer de energía a terceros y las conexiones clandestinas

Esto genera importantes multas económicas para quien realiza la infracción.
Se recuerda al usuario que el personal de la institución tiene potestad hasta el medidor y no hacia el interior de la vivienda.

Reclamos y Quejas

Los artículos del Reglamento del Usuario del Servicio de Energía Eléctrica que tratan este tema son los artículos N°22 y N°24.

Artículo 22° | Reclamos o Quejas

El USUARIO tendrá derecho a exigir a la COOPERATIVA la debida atención y procesamiento de los reclamos o quejas que considere pertinente efectuar.

La COOPERATIVA deberá cumplimentar estrictamente las normas que a este respecto establezca el Contrato de Concesión y leyes de orden público aplicables a este servicio. En todos los casos, el USUARIO deberá recibir respuesta escrita en un plazo no mayor a diez días hábiles.

Artículo 24° | Resarcimiento por Daños

Procedimiento Para Efectuar Un Reclamo

  • Se deberá comunicar el siniestro en forma inmediata a la Guardia de Reclamos.
  • Presentar una nota en forma escrita dentro del término de las 48 hs desde que se produce el hecho.
  • Una vez recibida la nota, dentro de las 72 hs siguientes recibirá la visita del personal técnico acreditado para efectuar la inspección de los artefactos dañados y las instalaciones existentes. (Si el aparato ya hubiese sido reparado el personal técnico no intervendrá). Luego de efectuada la inspección el usuario titular y/o persona mayor quién éste haya designado, deberá firmar el acta de inspección.
  • El equipo dañado será retirado para su análisis y realización de informe técnico.
  • En caso de no poseer protecciones adecuadas, la Cooperativa podrá exigirlas en pos de prevenir y evitar daños futuros.
  • El servicio eléctrico deberá dar respuesta al usuario dentro de los 10 días hábiles desde el retiro del equipo.
  • En caso de proceder, la reparación de electrodomésticos será de aproximadamente 45 días y para el resto de los bienes eléctricos 90 días.
  • En caso de que el usuario presente un presupuesto de un servicio técnico externo deberá contener como mínimo los siguientes datos:
  • Datos requeridos
  • Por último, una vez repuesto el bien, el usuario deberá dar conformidad sobre el buen funcionamiento del aparato con indicación de fecha, firma y aclaración.

Señor Vecino

Cuidemos entre todos las luminarias de alumbrado público